| Fecha publicación | Tipo | Fecha vigencia | Dictada por | Detalle del documento |
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| 31/10/2025 | EDICTO | 31/10/2025 a 01/12/2025 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A80/2025
Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 29 de octubre de 2025, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A80/2025, del ramo de sector público local (Ayuntamiento de Peñas de San Pedro), provincia de Albacete, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un descubierto producido en los fondos públicos del Ayuntamiento de Peñas de San Pedro, consecuencia de irregularidades en el pago de dietas y compensaciones por desplazamientos a los miembros de la corporación municipal, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez |
| 28/10/2025 | EDICTO | 28/10/2025 a 28/11/2025 | DEPARTAMENTO TERCERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance n° C-69/2024Procedimiento de reintegro por alcance n° C69/2024, Expediente nº ENJ2023/000142, SECTOR PÚBLICO LOCAL (Junta Vecinal de Garaño), LEÓN.
Texto íntegro: El Director Técnico del Departamento 3º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance n° C69/2024, Expediente nº ENJ2023/000142, SECTOR PÚBLICO LOCAL (Junta Vecinal de Garaño), LEÓN. HACE SABER: Que en dicho procedimiento se ha dictado, con fecha 22 de octubre de 2025, la siguiente sentencia: “CONSEJERO DE CUENTAS EXCMO. SR. D. DIEGO ÍÑIGUEZ HERNÁNDEZ SENTENCIA Nº 3/2025 SENTENCIA En Madrid, a fecha de la firma electrónica. Dada cuenta del procedimiento de reintegro por alcance Nº C69/2024, Sector Público Local (Junta Vecinal de Garaño), León, en el que han intervenido como demandante el Ministerio Fiscal y como demandado don Luis Fernández Álvarez, y de conformidad con los siguientes, I. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. - El procedimiento nº C69/2024 se turnó a este Departamento el 15 de julio de 2024. Trae causa de las Actuaciones Previas nº 85/2023, seguidas como conse-cuencia del escrito y la documentación complementaria remitidos el 9 de mayo de 2023 por la Presidenta de la Junta Vecinal de Garaño (León). En el mismo se denun-ciaban deficiencias en la gestión de las cuentas bancarias de la Junta Vecinal, cuya responsabilidad se atribuía al anterior equipo de gobierno. En concreto, consideraba sin justificar 4.507,65 euros, retirados de la cuenta corriente en el Banco Santander mediante un cheque bancario al portador. SEGUNDO. - En el acta de liquidación provisional de 26 de abril de 2024, la delegada instructora declaró: 1º) La existencia de un presunto alcance en los fondos de la Junta Vecinal de Garaño, como consecuencia de la falta de justificación de la aplicación y del destino público dado a 4.507,65 euros en los años 2019 y 2020; y 2º) La presunta responsabilidad contable directa de don Luis Fernández Álvarez, presidente de la Junta Vecinal de Garaño durante esos años. TERCERO. - Mediante providencia de 22 de julio de 2024, se ordenó la publicación por edictos de los hechos causantes de la responsabilidad contable atribuida y la prác-tica de los emplazamientos al Ministerio Fiscal, a la representación legal de la Junta Vecinal de Garaño y a don Luis Fernández Álvarez. El escrito de personación del Ministerio Fiscal se recibió el 22 de julio de 2024. La publicación en edictos se produjo en el tablón electrónico de anuncios de este Tribunal y en el Tablón Edictal Judicial Único (en adelante, TEJU), los días 23 de julio y 16 de septiembre ambos de 2024. CUARTO. - Por diligencia de ordenación de 21 de octubre de 2024, ante la imposibili-dad de notificar a don Luis Fernández Álvarez la providencia de 22 de julio de 2024, conforme al artículo 164.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (en adelante, LEC), se acordó publicar la providencia y la diligencia de ordenación citadas en el tablón de edictos de este Tribunal y en el TEJU. QUINTO. - Por diligencia de ordenación de 25 de noviembre de 2024, transcurridos el plazo para el emplazamiento concedido por la providencia de 22 de julio de 2024 y el previsto en la diligencia de ordenación de 21 de octubre de 2024, y conforme a |