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03/07/2024 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B137/2016.23, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. Compañía Minera del Marquesado), ANDALUCÍA

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Notificación

Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/2016.23, Comunidades Autónomas (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. Compañía Minera del Marquesado) Andalucía, Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado la siguiente “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN: En Madrid, a la fecha de la firma electrónica- Vistos los escritos presentados por las representaciones procesales de don Víctor Cobo Martínez, don Rafael Olmos Gallego, don Torcuato Medina Gámez, don Antonio Cruz Cuerva, don Rafael Martínez Tapias, doña Consuelo Ruiz Ruiz (como heredera de don José María García Núñez), don Daniel Alberto Rivera Gómez, y de doña Virginia Pérez Salmerón y doña Raquel Pérez Salmerón (como herederas de don Antonio Pérez Tejada), se les tiene por personados en las presentes actuaciones.- Visto el escrito presentado por la representación procesal de doña Verónica Domínguez Ruiz y don Francisco Domínguez Ruiz (como herederos de don Francisco Domínguez Molero), en fecha 12 de junio de 2023, en el que se manifiesta que la “representación se acreditará mediante comparecencia apud acta”; en su virtud, concédase un plazo de diez días para que la referida representación procesal aporte a los autos poder notarial o apud acta acreditativo de la representación de los citados codemandados, ex artículo 57.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas- LFTCU.- Vistos los escritos y la documentación adjunta, de fechas 6 y 8 de enero de 2024, presentados por la representación procesal de don Víctor Cobo Martínez, poniendo de manifiesto que tanto los hijos como la madre del fallecido codemandado, don Antonio Aparicio Fernández, han renunciado pura y simplemente a la herencia de su progenitor, acompañando escrituras públicas de renuncia de derechos hereditarios, otorgadas con fechas 23 de junio y 6 de octubre de 2023; confiérase a la Junta de Andalucía y al Ministerio Fiscal un plazo común de diez días a fin de que aleguen lo que su a derecho convenga, sobre tales hechos relativos a la sucesión de don Antonio Aparicio Fernández, dándoles traslado de la citada documentación.- Se tiene por apartada del presente procedimiento de reintegro por alcance a la Asociación de la Faja Pirítica de Huelva, al no haber sido demandada por la Junta de Andalucía ni por el Ministerio Fiscal y, en su virtud, no ostentar la condición de parte; se le notificará la presente resolución mediante edictos, que se publicarán en el Tablón de anuncios y edictos del Tribunal de Cuentas.- Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.- Así lo acuerda y firma este

01/07/2024 EDICTO 01/07/2024 a 31/07/2024 DEPARTAMENTO PRIMERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance nº A53/2024

Procedimiento de reintegro por alcance nº A53/2024, del ramo de sector público Autonómico (Cetursa Sierra Nevada, S.A), provincia de Granada

Emplazamiento para personación

Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 26 de junio de 2024, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A53/2024, del ramo de sector público Autonómico (Cetursa Sierra Nevada, S.A), provincia de Granada, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la Corporación derivado de la existencia de presuntas irregularidades en relación con ciertos conceptos retributivos abonados al personal de la referida entidad, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez

01/07/2024 EDICTO 01/07/2024 a 31/07/2024 DEPARTAMENTO PRIMERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance nº A59/2024

Procedimiento de reintegro por alcance nº A59/2024, del ramo de sector público estatal (Sociedad Estatal Correosy Telégrafos, S.A - Lepe), provincia de Huelva

Emplazamiento para personación

Texto íntegro: Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 26 de junio de 2024, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A59/2024, del ramo de sector público estatal (Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A - Lepe), provincia de Huelva, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la Sociedad derivado de la existencia de presuntas irregularidades en la gestión de los fondos de la Oficina de Correos de Lepe, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez