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03/07/2024 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B137/2016.23, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. Compañía Minera del Marquesado), ANDALUCÍA

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Notificación

Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/2016.23, Comunidades Autónomas (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. Compañía Minera del Marquesado) Andalucía, Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado la siguiente “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN: En Madrid, a la fecha de la firma electrónica- Vistos los escritos presentados por las representaciones procesales de don Víctor Cobo Martínez, don Rafael Olmos Gallego, don Torcuato Medina Gámez, don Antonio Cruz Cuerva, don Rafael Martínez Tapias, doña Consuelo Ruiz Ruiz (como heredera de don José María García Núñez), don Daniel Alberto Rivera Gómez, y de doña Virginia Pérez Salmerón y doña Raquel Pérez Salmerón (como herederas de don Antonio Pérez Tejada), se les tiene por personados en las presentes actuaciones.- Visto el escrito presentado por la representación procesal de doña Verónica Domínguez Ruiz y don Francisco Domínguez Ruiz (como herederos de don Francisco Domínguez Molero), en fecha 12 de junio de 2023, en el que se manifiesta que la “representación se acreditará mediante comparecencia apud acta”; en su virtud, concédase un plazo de diez días para que la referida representación procesal aporte a los autos poder notarial o apud acta acreditativo de la representación de los citados codemandados, ex artículo 57.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas- LFTCU.- Vistos los escritos y la documentación adjunta, de fechas 6 y 8 de enero de 2024, presentados por la representación procesal de don Víctor Cobo Martínez, poniendo de manifiesto que tanto los hijos como la madre del fallecido codemandado, don Antonio Aparicio Fernández, han renunciado pura y simplemente a la herencia de su progenitor, acompañando escrituras públicas de renuncia de derechos hereditarios, otorgadas con fechas 23 de junio y 6 de octubre de 2023; confiérase a la Junta de Andalucía y al Ministerio Fiscal un plazo común de diez días a fin de que aleguen lo que su a derecho convenga, sobre tales hechos relativos a la sucesión de don Antonio Aparicio Fernández, dándoles traslado de la citada documentación.- Se tiene por apartada del presente procedimiento de reintegro por alcance a la Asociación de la Faja Pirítica de Huelva, al no haber sido demandada por la Junta de Andalucía ni por el Ministerio Fiscal y, en su virtud, no ostentar la condición de parte; se le notificará la presente resolución mediante edictos, que se publicarán en el Tablón de anuncios y edictos del Tribunal de Cuentas.- Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.- Así lo acuerda y firma este

28/06/2024 EDICTO 28/06/2024 a 29/07/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-111-03 (P.S.Ej.)

Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 28 de junio de 2024

Notificación

Texto íntegro: a Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), en méritos a lo acordado en Diligencia de Ordenación de fecha 28 de junio de 2024, y para dar cumplimiento a lo ordenado en la misma HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 28 de junio de 2024, con el siguiente tenor literal: “En Madrid, a fecha de la firma electrónica.- El 26 de junio de 2024 se ha recibido en este Departamento escrito de la Procuradora de los Tribunales doña Concepción del Rey Estévez, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera, por el que, en cumplimiento de la diligencia de ordenación de 7 de junio de 2024, remite los datos de contacto necesarios solicitados por el Colegio de Procuradores de Madrid para poder visitar los bienes inmuebles de la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma. Visto el escrito recibido; ACUERDO: 1) Dar traslado a las partes del escrito remitido por la representación procesal del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera. 2) Remitir el escrito presentado por la representación procesal del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera al Secretario del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, para la cuantificación de los bienes inmuebles de la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma, embargados en este procedimiento para la ejecución de la Sentencia 7/2006, con carácter previo a la convocatoria de la comparecencia prevista en el artículo 641.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las representaciones del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera y de don Emilio Hernández Pereña, don José Píriz Pérez, don Francisco Morales Luengo y don Manuel Frutos Oliva, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante esta Secretaria, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Anúnciese esta resolución por edictos, que se publicarán en el Tablón de anuncios de este Tribunal y en el Tablón Edictal Judicial Único, para que sirva de comunicación a los que pudieran resultar afectados por la misma. Remítase, asimismo, copia de esta resolución al Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, para su conocimiento. Así lo acuerda y firma esta Letrada Secretaria”. Lo que se hace público para que sirva de comunicación a los que pudieran resultar afectados por la misma.

28/06/2024 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-192/10-E, EMPRESAS ESTATALES (Paradores de Turismo), ÁVILA

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-192/10-E, EMPRESAS ESTATALES (Paradores de Turismo), ÁVILA

Notificación

Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO DEPARTAMENTO 2º E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-192/10-E, EMPRESAS ESTATALES (Paradores de Turismo), ÁVILA Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 26 de junio de 2024, cuya parte dispositiva es la siguiente: “[…] habiendo realizado este tribunal la consulta correspondiente en el Registro Central de Titularidades Reales (RCTIR), al amparo de lo establecido en el artículo 5.1 del Real Decreto 609/2023, de 11 de julio, por el que se crea el Registro Central de Titularidades Reales y se aprueba su Reglamento, dicha consulta ha revelado que, en relación con Dña. Nerea Granados Solaguren «No hay resultados». Por todo lo anterior, visto el estado de las presentes actuaciones, dese nuevo traslado al Abogado del Estado y al Ministerio Fiscal, por un plazo común de diez días, a fin de que propongan las medidas ejecutivas que estimen procedentes”. Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a doña Nerea Granados Solaguren, por encontrarse en ignorado paradero, interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.

26/06/2024 EDICTO 26/06/2024 a 26/07/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-62/99 (P.S.Ej.)

La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance nº C-62/99 (P.S.Ej.), conforme a los arts. 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance nº C-62/99 (P.S.Ej.), conforme a los arts. 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance nº C-62/99 (P.S.Ej.), AGRICULTURA, LÉRIDA, en el que se ha dictado Decreto cuyo tenor literal es el siguiente: "DECRETO.- Secretaria: Dña. María José Ferrero Peso.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- Procedimiento de Reintegro por Alcance nº C-62/99, AGRICULTURA, LÉRIDA, y de conformidad con los siguientes. I. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. - El 10 de octubre de 2003, se dictó sentencia (nº7/2003) en este procedimiento, en la que, entre otros pronunciamientos, se acordó: 1º) Declarar como importe en que se cifraba el alcance causado a los fondos públicos del Fondo Español de Garantía Agraria -FEGA- el de 63.999,29 €; 2º) Condenar a la Sociedad Centro de Técnicas y Mercados, S.L. y a sus administradores don Amadeo Charles Dolcet y don Antonio Closa Xipell, como responsables contables directos al pago de la suma del alcance más los intereses; y 3º) Que las costas fueran satisfechas al 50% por la partes actora y demandada. SEGUNDO. - Interpuestos contra la citada sentencia recursos de apelación (rollo 39/04) por el Abogado del Estado y don Amadeo Charles Dolcet, fueron desestimados por Sentencia 20/2006, de 22 de noviembre, de la Sala de Justicia. TERCERO. - Por sendos autos de 1 de diciembre de 2008 fueron aprobadas la liquidación de los intereses ordinarios, por cuantía de 46.302,62 €, y la tasación de costas de la primera instancia, por importe de 4.758,46 €, que correspondían a las publicaciones de edictos en los Boletines Oficiales del Estado y de la Provincia de Lérida. CUARTO. - El 17 de octubre de 2007 se practicó la tasación correspondiente a las apelaciones interpuestas, con el siguiente resultado: (i) en el recurso del Abogado del Estado 9.108.32 €, y (ii) en el interpuesto por don Amadeo Charles Dolcet, 7.559,94 €. Tras la impugnación de costas por el Abogado del Estado, en la representación que ostenta del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) se aprobaron por auto de la Sala de Justicia de 13 de febrero de 2009, con la imposición a aquél de las costas del incidente, que fueron aprobadas por 86,58 €, por auto de la Sala de 11 de mayo de 2009. QUINTO. - Por auto de 10 de julio de 2009 se despachó la ejecución de la sentencia dictada en estos autos contra los bienes de la Sociedad Centro de Técnicas y Mercados, S.L., los de don Amadeo Charles Dolcet y los de don Antonio Closa Xipell, por la cantidad de 112.681,14 €, de los cuales 63.999,29 € correspondían al principal del alcance, 46.302,62 € a intereses ordinarios y 2.379,23 € a la mitad de las costas procesales a cuyo pago habían sido condenados los anteriores. Por esta resolución se acordó, asimismo, practicar cuantas diligencias fueran pertinentes para la indagación y descubrimiento de bienes sobre los que pudiera hacerse efectiva la ejecución. SEXTO. - Por decreto de 26 de octubr

18/06/2024 EDICTO SALA DE JUSTICIA

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Recurso de Apelación nº 5/24

Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía (al que se ha adherido el Ministerio Fiscal), contra la Sentencia nº 8/2023

Notificación

Texto íntegro: SALA DE JUSTICIA.EDICTO La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia y del Recurso de Apelación nº 5/2024, Procedimiento de Reintegro nº B-137/16-09, Ramo: COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo-Ayudas socio laborales a la prejubilación - “Saldauto Sevilla, S.A.L.”) ANDALUCÍA Hace saber: Que en el referido recurso se ha dictado la Sentencia nº 8/24, de 13 de junio, cuya parte dispositiva es la siguiente: SENTENCIA nº 8/2024: SALA DE JUSTICIA.- Excma. Sra. Dña. Rebeca Laliga Misó, Excma. Sra. Dña. Maria del Rosario García Álvarez y Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández.- Consejero de Cuentas Ponente: Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- De conformidad con los siguientes.- I.- Antecedentes de Hecho.- II.- Fundamentos de Derecho.- III.- FALLO.- LA SALA ACUERDA: PRIMERO.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía (al que se ha adherido el Ministerio Fiscal), contra la Sentencia nº 8/2023, de 21 de noviembre, dictada en primera instancia en el procedimiento de reintegro por alcance nº B-137/16-9, Sector Público Autonómico (Consejería de Empleo -Ayudas sociolaborales a la prejubilación- SALDAUTO SEVILLA, S.A.L.) Andalucía, que se confirma en su integridad. SEGUNDO.- Imponer las costas de esta instancia a la Junta de Andalucía.- Notifíquese esta Sentencia a las partes, con la indicación de que, contra la misma, si a su derecho conviniere, y siempre que exista interés casacional, podrán presentar recurso de casación, que se deberá preparar conforme a lo establecido en el artículo 89 de la Ley 29/1998, de 23 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.- Así lo disponemos y firmamos. Doy fe.- Lo que se hace público para que sirva de notificación a la Mercantil “Vitalia, S. A.”, posteriormente Travol 2007, S. A.- Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia.- Guadalupe Martín Gómez.

07/06/2024 EDICTO 07/06/2024 a 08/07/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-111-03 (P.S.Ej.)

Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 7 de junio de 2024.

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), en méritos a lo acordado en Diligencia de Ordenación de fecha 7 de junio de 2024, y para dar cumplimiento a lo ordenado en la misma HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 7 de junio de 2024, con el siguiente tenor literal: “En Madrid, a fecha de la firma electrónica.- Con fecha 6 de junio de 2024 se ha recibido en este Departamento escrito del Secretario del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, por el que: 1-Acepta el encargo acordado en la diligencia de ordenación de 17 de mayo de 2024 de realizar las valoraciones de los bienes de la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma, embargados en este procedimiento para la ejecución de la Sentencia 7/2006, con carácter previo a la convocatoria de la comparecencia prevista en el artículo 641.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y 2- Solicita información sobre la localización del vehículo agrícola embargado así como los datos de contacto necesarios para poder visitar los bienes embargados, a efectos de su cuantificación. Visto el escrito recibido y no constando en este Departamento la información interesada por el Secretario del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid; ACUERDO: 1) Dar traslado a las partes del escrito remitido por el Secretario del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid. 2) Requerir al Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera y al representante procesal de don Emilio Hernández Pereña, don José Píriz Pérez, don Francisco Morales Luengo y don Manuel Frutos Oliva, a efectos de que, si les constaran los datos de localización de dichos bienes y de contacto solicitados, los facilitaran a este Departamento, en el plazo de diez días, en aras de la continuación de esta ejecutoria. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las representaciones del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera y de don Emilio Hernández Pereña, don José Píriz Pérez, don Francisco Morales Luengo y don Manuel Frutos Oliva, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante esta Secretaria, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Anúnciese esta resolución por edictos, que se publicarán en el Tablón de anuncios de este Tribunal y en el Tablón Edictal Judicial Único, para que sirva de comunicación a los que pudieran resultar afectados por la misma. Remítase, asimismo, copia de esta resolución al Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, para su conocimiento. Así lo acuerda y firma esta Letrada Secretaria”. Lo que se hace público para que sirva de comunicación a los que pudieran resultar afectados por la misma.

23/05/2024 EDICTO 23/05/2024 a 24/06/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-62/1999 (P.S.Ej.)

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance nº C-62/99 (P.S.Ej.), conforme a los arts. 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance nº C-62/99 (P.S.Ej.), AGRICULTURA, LÉRIDA, en el que se ha dictado Diligencia de Ordenación cuyo tenor literal es el siguiente: "DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.- Secretaria: Dña. María José Ferrero Peso.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- En fase de ejecución de la sentencia dictada por este Departamento el 10 de octubre de 2003, confirmada por la de la Sala de Justica de este Tribunal de 22 de noviembre de 2006, en el procedimiento de reintegro referenciado, ACUERDO: ordenar las siguientes transferencias, por un importe total de TRECE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (13.953,36 €), conforme al siguiente detalle: • 4.094,65 € al Boletín Oficial del Estado, por publicaciones de edictos. • 663,81, al Boletín Oficial de la Provincia de Lérida, por igual concepto de publicaciones de edictos. • 9.194,90 €, al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), por liquidación del resto de intereses de la mora procesal, deducido el importe correspondiente a las costas impuestas a dicho organismo. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal, a la Abogacía del Estado, al Centro de Técnicas y Mercados, S.L., a don Amadeo Charles Dolcet y a don Antonio Closa Xipell, con la advertencia de que contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, ante esta Secretaria, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, aplicable en virtud de la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. Asimismo, remítase copia de esta resolución al FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA (FEGA) para su conocimiento. Así lo acuerdo y firmo yo, la Secretaria (fecha y firma consignadas según anotación al margen)” Lo que se hace público mediante el presente edicto para que sirva de notificación al REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA TÉCNICAS DE MERCADO S.L., conforme a lo establecido en el artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica.- La Directora Técnica, Secretaria del procedimiento: María José Ferrero Peso.

21/05/2024 EDICTO 21/05/2024 a 22/06/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-111-03 (P.S.Ej.)

Que en este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 17 de mayo de 2024.

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), en méritos a lo acordado en Diligencia de Ordenación de fecha 17 de mayo de 2024, y para dar cumplimiento a lo ordenado en la misma HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 17 de mayo de 2024, con el siguiente tenor literal: “En Madrid, a fecha de la firma electrónica.- Los días 19 y 30 de abril y 7 de mayo de 2024 se han recibido en este Departamento los escritos del letrado don Juan Santos Pérez-Moneo, en nombre y representación de don Emilio Hernández Pereña, don José Píriz Pérez, don Francisco Morales Luengo y don Manuel Frutos Oliva; del Ministerio Fiscal; y de la procuradora de los tribunales doña Concepción del Rey Estévez, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera, por los que muestran todos ellos su conformidad a que los bienes de la herencia yacente don Julián Mata Ledesma, embargados en este procedimiento para la ejecución de la Sentencia 7/2006, de 27 de junio, se enajenen por medio de entidad especializada. Vistos los escritos recibidos, para continuar las actuaciones para la ejecución de la Sentencia 7/2006, de 27 de junio contra la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma, ordenada por Auto 1/2023, de 28 de febrero, de la Sala de Justicia de este Tribunal; y con carácter previo a la convocatoria de la comparecencia prevista en el artículo 641.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la enajenación de los bienes embargados en esta ejecutoria por medio de entidad especializada; ACUERDO: Oficiar al Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, a efectos de que cuantifique las valoraciones por las que pudieran realizarse los bienes de la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma, para lo cual se le remite la siguiente documentación: 1) Nota de despacho del embargo practicado por el Registrador del Registro de Bienes Muebles de Salamanca del vehículo agrícola de don Julián Mata Ledesma, con matrícula E1725BBS, tractor marca Antonio Carraro (modelo Tigre Country). 2) Calificaciones registrales de la Registradora del Registro de la Propiedad de Vitigudino, de 31 de julio de 2023 y 19 de marzo de 2024, con la práctica de las siguientes anotaciones preventivas de embargo: • Anotación Preventiva de Embargo practicada con fecha 31 de julio de 2023 en la Finca urbana sita en Aldeadávila de la Ribera nº 9.891, inscrita en el Registro de la Propiedad de Vitigudino a favor de don Julián Mata Ledesma (100% de pleno dominio con carácter privativo). • Anotaciones Preventivas de Embargo practicadas con fecha 19 de marzo de 2024, en las siguientes Fincas atribuidas a don Julián Mata Ledesma en el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Aldeadávila de la Ribera, todas ellas propiedad 100% de carácter ganancial de don Julián Mata Ledesma y doña Josefa Pí

23/04/2024 EDICTO 23/04/2024 a 23/05/2024 DEPARTAMENTO PRIMERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023

Procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), ámbito territorial de la provincia de Madrid

Notificación

Texto íntegro: En el procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), ámbito territorial de la provincia de Madrid, seguido en este Tribunal se ha dictado Decreto con fecha 19 de abril de 2024. Se insta la reproducción en extracto y solo de la parte dispositiva del texto, sin que ello constituya modificación o alteración alguna de su sentido. «ACUERDO:- PRIMERO.- Se declara la rebeldía al demandado don Omar Antonio Guevara Barrios con todos los efectos legales inherentes a la presente declaración, incluyendo la notificación de la presente resolución por correo certificado con acuse de recibo en su domicilio, con indicación de que no se llevará a cabo ninguna otra notificación del proceso, con excepción de la que ponga fin al mismo.- SEGUNDO.- Declarar precluido el trámite de contestación a la demanda concedido a don Omar Antonio Guevara Barrios, teniéndolo por caducado, al haber transcurrido el plazo legalmente establecido.». Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial. Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON OMAR ANTONIO GUEVARA BARRIOS. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez.

19/04/2024 EDICTO 19/04/2024 a 19/05/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-111/2003 (P.S.Ej.)

En este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 19 de abril de 2024

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), en méritos a lo acordado en Diligencia de Ordenación de fecha 19 de abril de 2024, y para dar cumplimiento a lo ordenado en la misma HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue Procedimiento de reintegro por alcance nº C-111/03 (P.S.Ej.), del ramo CC.LL. (Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera), Salamanca, en el que he dictado Diligencia de Ordenación de fecha 19 de abril de 2024, con el siguiente tenor literal: “En Madrid, a fecha de la firma electrónica.- La Sala de Justicia de este Tribunal, por Auto 1/2023, de 28 de febrero, ordenó continuar las actuaciones para la ejecución de la Sentencia 7/2006, de 27 de junio, dictada en este procedimiento, contra la herencia yacente de don Julián Mata Ledesma. Como albaceas testamentarios, designados en la escritura notarial de otorgamiento de testamento de don Julián Mata Ledesma de 21 de febrero de 1996, figuraban don Valentín Mata Mata y doña Silvia Honorato Piriz: el primero de los cuales ha fallecido y la segunda ha renunciado a su cargo por escritura notarial de 20 de junio de 2023. En cumplimiento del auto dictado por la Sala de Justicia, se han continuado las actuaciones correspondientes para la ejecución de la sentencia dictada en estos autos, resultado de las cuales se ha recibido la siguiente documentación: 1) El 19 de octubre de 2023, nota de despacho del embargo practicado por el Registrador del Registro de Bienes Muebles de Salamanca, en el vehículo agrícola de don Julián Mata Ledesma, con matrícula E1725BBS, tractor marca Antonio Carraro (modelo Tigre Country). 2) El 9 de abril de 2024, las calificaciones registrales de la Registradora del Registro de la Propiedad de Vitigudino, de 31 de julio de 2023 y 19 de marzo de 2024, con la práctica de las siguientes anotaciones preventivas de embargo: • Anotación Preventiva de Embargo practicada con fecha 31 de julio de 2023 en la Finca urbana sita en Aldeadávila de la Ribera nº 9.891, inscrita en el Registro de la Propiedad de Vitigudino a favor de don Julián Mata Ledesma (100% de pleno dominio con carácter privativo). • Anotaciones Preventivas de Embargo practicadas con fecha 19 de marzo de 2024, en las siguientes Fincas atribuidas a don Julián Mata Ledesma en el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Aldeadávila de la Ribera, todas ellas propiedad 100% de carácter ganancial de don Julián Mata Ledesma y doña Josefa Píriz Rodrigo: Nº LIBRO FOLIO FINCA ANOTACIÓN CRU 1 67 141 11963 A) 37008001388275 2 70 119 12613 A) 37008001395372 3 71 23 12742 A) 37008001396799 4 71 92 12811 A) 37008001397482 5 72 22 12966 A) 37008001399035 6 76 66 13905 A) 37008001408645 3) El 12 de abril de 2024, escrito del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, de la Junta de Castilla y León, en el que se informa a este Tribunal que los títulos de propiedad correspondientes a las fincas de reemplazo nº 329 del polígono 2, 1019 del polígono 7, 1158 del polígono 10, 1241 del polígono 12, 1

12/01/2024 EDICTO ACTUACIONES PREVIAS

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Requerimiento de pago Actuación Previa 1096/22

REQUERIMIENTO PAGO SRA GUILLEMAT

Notificación

Texto íntegro: Habiéndose practicado en el día de hoy Liquidación Provisional en las Actuaciones Previas anotadas al margen, y resultando la existencia de un presunto alcance por un importe total de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (33.930,04 euros), de los que 31.856,25 euros corresponden al principal y 2.073,79 euros a intereses legales, de conformidad con el artículo 47, apartado 1, letra f), de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, acuerdo requerir, de conformidad con lo señalado en la mencionada Liquidación Provisional a Dª. Gemma Guillemat Turdiu con DNI nº 77.787.956-R como presunta responsable, por un importe de 33.930,04 euros (31.856,25 euros corresponden al principal y 2.073,79 euros a intereses legales devengados) para que reintegre, deposite o afiance, en cualquiera de las formas legalmente admitidas, y en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de esta resolución, el importe provisional del alcance más los intereses, bajo apercibimiento, en caso de no atender este requerimiento, de proceder al embargo de sus bienes. El ingreso de la cantidad requerida puede realizarse en concepto de depósito, quedando a resultas de la resolución que en su día recaiga en el correspondiente proceso jurisdiccional contable, o en concepto de reintegro tendente a posibilitar el sobreseimiento y archivo del procedimiento, por lo que deberá hacerse constar el concepto en el que efectúa el ingreso el interesado, efectuándose el mismo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales: ENTIDAD: Banco Santander IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 CONCEPTO: número de procedimiento: 1573 0000 09 0030 22 El documento original que acredite el ingreso deberá remitirse a esta Unidad de Actuaciones Previas, debiendo reseñarse, para su identificación el n.º de actuaciones arriba referenciado. En el supuesto de que opte por el afianzamiento mediante aval bancario o por el ofrecimiento de bienes susceptibles de anotación preventiva de embargo, deberá remitir, igualmente, el original del mencionado aval o del título de propiedad del bien en cuestión a los efectos antes referidos. Lo que se comunica a los efectos oportunos. Madrid, a 6 de septiembre de 2023. La Delegada Instructora. - Laura Sánchez Rua. Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal. Lo que se hace público para que sirva de notificación a Dª. Gemma Guillemat Turdiu, habida cuenta de que no han sido posibles las notificaciones previas por lo que se notifica mediante el presente edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Tribunal de Cuentas. Madrid, 11 de enero de 2024

11/12/2023 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-192/10-E, EMPRESAS ESTATALES (Paradores de Turismo), ÁVILA

Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 1 de diciembre de 2003

Notificación

Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO DEPARTAMENTO 2º C/ Fuencarral 81 28004 - MADRID E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-192/10-E, EMPRESAS ESTATALES (Paradores de Turismo), ÁVILA Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 1 de diciembre de 2003, cuya parte dispositiva es la siguiente: “Recibida información del Registro de la Propiedad de Santander n.º 2 de fecha 9 de enero de 2023, habiendo sido practicada la prórroga de la anotación preventiva de embargo sobre la Finca urbana n.º 20.324, sita en el pueblo de Maliaño, Ayuntamiento de Camargo,100% de pleno dominio con carácter privativo de la ejecutada doña Nerea Granados Solaguren; y, vista la situación de la presente ejecutoria, desde traslado al Abogado del Estado y al Ministerio Fiscal, para que en un plazo común de diez días, se propongan las medidas ejecutivas que consideren procedentes”. Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a doña Nerea Granados Solaguren, por encontrarse en ignorado paradero, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.

04/12/2023 EDICTO 04/12/2023 a 04/01/2024 DEPARTAMENTO TERCERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance n° C-279/95-0 (P.S.Ej.)

Notificación

Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance nº C-279/95-0 (P.S.Ej.), conforme a los arts. 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance nº C-279/95-0 (P.S.Ej.), TRANSPORTES (ENATCAR), MADRID, en el que se ha dictado Diligencia de Ordenación cuyo tenor literal es el siguiente: "DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.- Secretaria: Doña María José Ferrero Peso.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- En fase de ejecución de la Sentencia dictada en Primera Instancia el 28 de noviembre de 2000, y revocada, parcialmente, por Sentencia de la Sala de Justicia nº 18/04, de 13 de septiembre, en el procedimiento de reintegro al margen referenciado, procédase a ordenar una transferencia por importe de CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), desde la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales de este Departamento a la correspondiente de la entidad ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.A.. Dicha cantidad corresponde a parte del principal de la deuda, de los que 2.677,27 € han sido ingresados por DON JOSÉ LUIS MARTÍN ALDA y 2.322,73 € por DON FERNANDO CALVO GÓMEZ. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la presente diligencia cabe recurso de reposición, ante esta Secretaria, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Asimismo, remítase copia de la presente resolución firmada digitalmente por la Secretaria del procedimiento al Departamento de Cobros-Ingresos del ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, para su conocimiento. Así lo acuerdo y firmo yo, la Secretaria (fecha y firma consignadas según anotación al margen).- La Secretaria: María José Ferrero Peso.- Firmado". Lo que se hace público mediante el presente edicto para que sirva de notificación a DON SEBASTIAN LAVADO RODRIGUEZ, conforme a lo establecido en el artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica.- La Directora Técnica, Secretaria del procedimiento: María José Ferrero Peso.

24/11/2023 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº 137/16-9, Sector Público Autonómico (Consejería de Empleo-Ayudas sociolaborales a la prejubilación- SALDAUTO SEVILLA, S.A.L.), Andalucía

Consejera de Cuentas, Excma. Sra. Dª Elena Hernáez Salguero, IV.-Fallo.- Estimo en parte la demanda interpuesta por la Junta de Andalucía, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal

Notificación

Texto íntegro: E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/16-9, SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO (Consejería de Empleo -Ayudas sociolaborales a la prejubilación- SALDAUTO SEVILLA, S.A.L.), Andalucía Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado la Sentencia nº 8/2023, de fecha 21 de noviembre de 2023, cuya parte dispositiva es la siguiente “Sentencia: Consejera de Cuentas, Excma. Sra. Dª Elena Hernáez Salguero, IV.- Fallo.- Estimo en parte la demanda interpuesta por la Junta de Andalucía, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal, y, en consecuencia: Primero.- Declaro como importe en que se cifra el alcance causado a los fondos públicos de la Junta de Andalucía, el de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CATORCE EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (498.814,93 €). Segundo.- Declaro responsables contables directos del alcance a doña xxx y a doña xxx -en su condición de causahabientes y sucesoras procesales de don xxx- por la cantidad de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 €); y, asimismo, a don xxx, por la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CATORCE EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (298.814,93 €). Tercero.- Condeno a los precitados codemandados a reintegrar a la Junta de Andalucía la suma en que se cifra el alcance, conforme a lo declarado en el pronunciamiento anterior. Cuarto. - Condeno a los precitados codemandados al pago de los intereses, calculados según lo razonado en el fundamento de derecho decimocuarto de la presente resolución. Quinto.- Condeno a la Junta de Andalucía al pago de las costas causadas en este procedimiento a los codemandados don xxx, doña xxx, don xxx y don xxx; sin hacer imposición de costas por las pretensiones ejercitadas contra doña xxx y doña xxx, y contra don xxx .Sexto.- Acuerdo la contracción de la cantidad en que se ha cifrado la responsabilidad contable en la cuenta que corresponda según las vigentes normas de contabilidad pública. Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo. La Consejera: Elena Hernáez Salguero. – El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.- Firmado y rubricado.” Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a la mercantil “Vitalia S.A.” -posteriormente “Travol 2007, S.A.”-, en situación procesal de rebeldía y sin domicilio conocido, pudiendo interponer recurso de apelación ante la Excma. Sra. Consejera de Cuentas y para ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, en el plazo de quince días a contar desde su notificación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 80 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con el artículo 85.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.

05/09/2023 EDICTO 06/09/2023 a 07/10/2023 DEPARTAMENTO PRIMERO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de reintegro por alcance nº A55/2007

Ramo: EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001). Provincia: Málaga.

Notificación

Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A55/07, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 4 de septiembre de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Visto el oficio remitido por la Sección 3º de la Audiencia Provincial de Málaga en relación a la ejecutoria número 81/2013 originada por la Sentencia recaída en el Procedimiento Abreviado número 10001/2010 y el escrito presentado por el Ayuntamiento de Marbella en respuesta a la diligencia de ordenación de 11 de julio de 2023, procede en derecho y acuerdo: Primero: admitir la documentación citada dando copia a las partes. Segundo: Oír a las partes para que presenten alegaciones que a su derecho corresponda en el plazo de 5 días y con su resultado se acordará.- Notifíquese esta resolución, con la advertencia de que contra esta diligencia de ordenación cabe interponer recurso de reposición dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Secretario, de conformidad con lo previsto en el artículo 451.1de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 85.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.- Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez. Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez

25/05/2023 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B137/2016.32, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. TRAGSA), Andalucía

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/2016.32, Comunidades Autónomas (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. TRAGSA) Andalucía: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Notificación

Texto íntegro: E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. Manuel Izquierdo Arines, Letrado Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/2016.32, Comunidades Autónomas (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación. TRAGSA) Andalucía, Hace Saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado la siguiente “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN: En Madrid, a la fecha de la firma electrónica- Visto el escrito del Ministerio Fiscal, presentado con fecha 21 de febrero de 2023, por el que se adhiere a la demanda deducida por la Letrada de la Junta de Andalucía contra doña Lourdes Otero Madrid y doña María Guerrero Otero (en su condición de herederas de don Francisco Javier Guerrero Benítez), don Juan Márquez Contreras y don Daniel Alberto Rivera Gómez. Se admite, dese traslado del mismo al resto de las partes y emplácese a los demandados para que puedan deducir contestación a la demanda en el plazo de veinte días.- Asimismo, dese traslado por cinco días a las partes para que se pronuncien sobre la cuantía del procedimiento.- Se tiene por apartada del presente procedimiento de reintegro por alcance a la mercantil Manufactura Española del Corcho, S.A., al no haber sido demandada por la Junta de Andalucía ni por el Ministerio Fiscal y, en su virtud, no ostentar la condición de parte; se le notificará la presente resolución mediante edictos, que se publicarán en el Tablón de anuncios y edictos del Tribunal de Cuentas.- Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.- Así lo acuerda y firma este Letrado Secretario al margen referenciado.- Firmado digitalmente por el Letrado Secretario, Manuel Izquierdo Arines, el 11/05/2023.”. Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a la mercantil Manufactura Española del Corcho, S.A. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.

10/05/2023 EDICTO DEPARTAMENTO SEGUNDO

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/16-10, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación- ACYCO, S.A.L.), ANDALUCÍA

Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/16-10, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación- ACYCO, S.A.L.), ANDALUCÍA, HACE SABER: Que en el referido procedimiento se ha dictado, con fecha de 26 de abril de 2023, el siguiente DECRETO

Notificación

Texto íntegro: E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º D. MANUEL IZQUIERDO ARINES, Letrado-Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance nº B-137/16-10, COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Consejería de Empleo – Ayudas socio laborales a la prejubilación- ACYCO, S.A.L.), ANDALUCÍA, HACE SABER: Que en el referido procedimiento se ha dictado, con fecha de 26 de abril de 2023, el siguiente "DECRETO.- Ilmo. Sr. D. Manuel Izquierdo Arines.- Letrado-Secretario. - Madrid, a fecha de la firma electrónica. Dada cuenta del procedimiento de reintegro por alcance nº B-137/16-10 (Consejería de Empleo-Ayudas sociolaborales a la prejubilación- ACYCO, S.A.L.), Andalucía, y de conformidad con los siguientes: I.- ANTECEDENTES DE HECHO. PRIMERO.- El 7 de enero de 2022 se recibió escrito de la representación procesal de don Andrés Carrasco Muñoz, poniendo en conocimiento el fallecimiento de este codemandado, y acompañando a dicho escrito certificado de defunción. SEGUNDO.- Por Diligencia de Ordenación de 21 de enero de 2022, se acordó oír a la Junta de Andalucía a fin de que manifestase si desistía, o no, de la pretensión de responsabilidad contable formulada contra don Andrés Carrasco Muñoz, advirtiéndole que en caso de solicitar el mantenimiento de la pretensión y la continuación del procedimiento respecto de quienes resultaran ser herederos del Sr. Carrasco Muñoz, a efectos de lo dispuesto en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, habría de identificar a dichos herederos; con fecha 9 de febrero de 2022, se recibió escrito de la Letrada de la Junta de Andalucía manifestando la imposibilidad de identificar a los sucesores de D. Andrés Carrasco Muñoz e interesando continuar el procedimiento con el resto de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil- LEC. TERCERO.- Por Diligencia de Ordenación de 1 de marzo de 2022, se acordó oír a las demás partes a fin de que manifestaran si conocían a los sucesores de don Andrés Carrasco Muñoz, conforme a lo establecido en el artículo 16.3, párrafo primero, de la LEC. CUARTO.- La representación letrada de don Antonio Fernández García manifestó, en escrito recibido el 4 de marzo de 2022, desconocer a los sucesores procesales de don Andrés Carrasco Muñoz. QUINTO.- La representación letrada de don Domingo Martinez de Tena, don Francisco Javier Martínez de Tena y doña Carmen Martinez de Tena, en escrito recibido el día 7 de marzo de 2022, manifestó desconocer a los herederos del Sr. Carrasco Muñoz, reiterando su falta de legitimación pasiva en el presente procedimiento al haber renunciado a la herencia de don Domingo Martínez Castillo. SEXTO.- El Ministerio Fiscal, en escrito recibido el día 5 de abril de 2022, interesó con el fin de conocer a los eventuales herederos de don Andrés Carrasco Muñoz, que se oficiara a la Agencia Tributaria de Andalucía y al Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia, a efectos de conocer si el demandado fallecido otorgó testamento y/o si se habían li

24/11/2022 EDICTO ACTUACIONES PREVIAS

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Actuaciones Previas 1097/21-Notificacion Acuerdo Embargo Pensión

Notificación

Texto íntegro: Edicto de 21 de noviembre de 2022 en procedimiento de Actuaciones Previas número 1097/2021 Órgano: Presidencia de la Sección de Enjuiciamiento. Unidad de Actuaciones Previas a la Exigencia de Responsabilidad Contable. Dirección: Calle Fuencarral, 81 Localidad: Madrid Código Postal: 28004 Provincia: Madrid Teléfono: 915926044 Correo electrónico: gr4.actuacionesprevias.presenj@tcu.es Procedimiento: Expediente número ENJ2021/001179 Actuaciones Previas número 1097/2021 Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Castelldefels. Presuntas irregularidades en la Sociedad Mercantil Local "Societat d'Aparcaments de Castelldefels, S.A. -SAC, S.A.-" ) Lugar: BARCELONA Resolución: Acuerdo de Embargo de Pensión Fecha: 18 de noviembre de 2022 Objeto de la publicación edictal: Notificación Destinatario: José Manuel Lorenzo Colina – NIF: ****9366* Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución a que se refiere este edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano. Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal. Lo que se hace público para que sirva de notificación a don José Manuel Lorenzo Colina. Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - LA DELEGADA INSTRUCTORA. – Fdo: Yolanda Carriedo Moreno.

28/10/2022 EDICTO ACTUACIONES PREVIAS

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Actuaciones Previas 96/20-Suspensión Liquidación Provisional

SECTOR PÚBLICO ESTATAL (M° de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá) Lugar: MADRID

Notificación

Texto íntegro: Teniendo en consideración las alegaciones planteadas mayoritariamente por los comparecientes en relación con la complejidad y dificultad de valoración y examen del Acta de la Liquidación Provisional puesta a disposición de los asistentes en este acto, y habiéndose solicitado un plazo de 5 días hábiles para la comprobación de los datos fundamentalmente económicos en ella reseñados, esta Instrucción Delegada ACUERDA lo siguiente: 1º.- Suspender la celebración de la presente práctica de la Liquidación Provisional convocada mediante Acuerdo de citación de fecha 26 de julio de 2022, ACORDANDO su nueva convocatoria para el día 23 de noviembre de 2022 a las 9.00 horas en la sede del Tribunal en Fuencarral, 81. 2º Señalar que las alegaciones formuladas por las partes en la fecha de hoy, han sido incorporadas al Acta y contestadas por el Delegado Instructor; por lo que en las futuras manifestaciones que se realicen en la nueva celebración de esta Liquidación, habrá de evitarse reiterar alegaciones ya expuestas. 3º.- Entregar una copia completa del Acta junto con sus Anexos a cada uno de los asistentes a la convocatoria a fecha de hoy. Todo ello a los efectos de no causar indefensión. Don OMAR ANTONIO GUEVARA BARRIOS Dado en Madrid, a veintisiete de octubre de dos mil veintidós. El Delegado Instructor, don Manuel José Alonso Núñez

26/09/2022 EDICTO ACTUACIONES PREVIAS

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Actuaciones Previas 1097/21-Notificacion Acuerdo Embargo General

Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Castelldefels. Presuntas irregularidades en la Sociedad Mercantil Local "Societat d'Aparcaments de Castelldefels, S.A. -SAC, S.A.-") Lugar: BARCELONA

Notificación

Texto íntegro: Edicto de 19 de septiembre de 2022 en procedimiento de Actuaciones Previas número 1097/2021 Órgano: Presidencia de la Sección de Enjuiciamiento. Unidad de Actuaciones Previas a la Exigencia de Responsabilidad Contable. Dirección: Calle Fuencarral, 81 Localidad: Madrid Código Postal: 28004 Provincia: Madrid Teléfono: 915926044 Correo electrónico: gr4.actuacionesprevias.presenj@tcu.es Procedimiento: Expediente número ENJ2021/001179 Actuaciones Previas número 1097/2021 Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Castelldefels. Presuntas irregularidades en la Sociedad Mercantil Local "Societat d'Aparcaments de Castelldefels, S.A. -SAC, S.A.-") Lugar: BARCELONA Resolución: Acuerdo de Embargo General Fecha: 15 de septiembre de 2022 Objeto de la publicación edictal: Notificación Destinatario: José Manuel Lorenzo Colina – NIF: ****9366* Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución a que se refiere este edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano. Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal. Lo que se hace público para que sirva de notificación a don José Manuel Lorenzo Colina. Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Delegada Instructora, Yolanda Carriedo Moreno