Fecha publicación | Tipo | Fecha vigencia | Dictada por | Detalle del documento |
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27/09/2023 | EDICTO | DEPARTAMENTO TERCERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance n° C134-2023
Emplazamiento para personación
Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance n° C134/2023, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 25 de septiembre de 2023, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68 en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. HACE SABER: Que en este Tribunal de Cuentas se sigue procedimiento de reintegro por alcance n° C134/2023, SECTOR PÚBLICO ESTATAL (Entidad Pública Empresarial Puertos del Estado) MADRID, como consecuencia del abono del exceso de retribuciones a una directiva del organismo público Puertos del Estado. Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único, creado por la Ley 30/2020, de 18 de septiembre, de “medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia”. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. - La Directora Técnica, Secretaria del procedimiento: María José Ferrero Peso. |
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21/09/2023 | EDICTO | 21/09/2023 a 21/10/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A93/2023Providencia de fecha 20 de septiembre de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A93/2023, del ramo de Sector Público Autonómico (Agencia para la Investigación y Desarrollo. Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas), ámbito territorial de Andalucía. Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 20 de septiembre de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A93/2023, del ramo de Sector Público Autonómico (Agencia para la Investigación y Desarrollo. Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas), ámbito territorial de Andalucía, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la entidad, derivado de presuntas irregularidades relacionadas con la concesión de avales con cargo al Fondo de Reestructuración Financiera de Empresas (FRE), gestionado por la Agencia para la Investigación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable, puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO D. Javier Bermúdez Sánchez |
18/09/2023 | EDICTO | DEPARTAMENTO SEGUNDO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de Reintegro por Alcance nº B-1016/2023, Seguridad Social (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. “IBERMUTUA”, Mutua Colaboradora de la Seguridad Social, n.º 274) MadridProvidencia de fecha 28 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance n.º B-1016/2023, correspondiente al ramo de la Seguridad Social (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. “IBERMUTUA”, Mutua Colaboradora de la Seguridad Social, n.º 274, Madrid) Emplazamiento para personación
Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera de Cuentas mediante Providencia de fecha 28 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance n.º B-1016/2023, correspondiente al ramo de la Seguridad Social (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. “IBERMUTUA”, Mutua Colaboradora de la Seguridad Social, n.º 274, Madrid), que en este tribunal se sigue procedimiento de reintegro por presuntas responsabilidades contables puestas de manifiesto por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en base a un procedimiento sancionador abierto contra la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social n.º 274, “IBERMUTUA”, que se refiere a presuntas irregularidades contables en materia de pago de retribuciones, manutención, desplazamiento, gestión de prestaciones, cursos de formación y otros gastos presuntamente indebidos por la citada Mutua. Lo anterior se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma, dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.- Firmado y Rubricado. |
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15/09/2023 | EDICTO | DEPARTAMENTO SEGUNDO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de Reintegro por Alcance nº B-89/2023, Sector Público Local (Ayuntamiento de Grazalema. Sociedad Municipal Complejo Recreativo Los Alamillos S.A.) CÁDIZProvidencia de fecha 29 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº B-89/2023, Sector Público Local, Ayuntamiento de Grazalema. Sociedad Municipal “Complejo Recreativo Los Alamillos S.A. (Cádiz) Emplazamiento para personación
Texto íntegro: SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO DEPARTAMENTO 2º Fuencarral, 81 28004 - MADRID E D I C T O SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO - DEPARTAMENTO 2º Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera de Cuentas mediante Providencia de fecha 29 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº B-89/2023, Sector Público Local, Ayuntamiento de Grazalema. Sociedad Municipal “Complejo Recreativo Los Alamillos S.A. (Cádiz), que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por presuntas responsabilidades contables puestas de manifiesto mediante denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, en virtud de la documentación presentada por el Alcalde del Ayuntamiento de Grazalema (Cádiz) ante este Tribunal de Cuentas, en fecha 12 de marzo de 2021, por la que se daba traslado de la existencia de presuntas irregularidades en la gestión económica de la sociedad municipal denominada "Complejo Recreativo El Alamillo S.A.”. Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma, dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. El Letrado Secretario: Manuel Izquierdo Arines.- Firmado y Rubricado. |
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15/09/2023 | EDICTO | 15/09/2023 a 15/10/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcen nº A127/2023Providencia de fecha 14 de septiembre de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A127/2023, del ramo de Sector Público Local (Ayuntamiento de Gijón), ámbito territorial de Asturias Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 14 de septiembre de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A127/2023, del ramo de Sector Público Local (Ayuntamiento de Gijón), ámbito territorial de Asturias, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la entidad como consecuencia de pagos indebidos con cargo a las asignaciones recibidas por el grupo municipal del partido Foro Asturias, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO D. Javier Bermúdez Sánchez |
15/09/2023 | EDICTO | 15/09/2023 a 15/10/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A1003/23Procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), ámbito territorial de la provincia de Madrid
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), ámbito territorial de la provincia de Madrid, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 15 de septiembre de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario el siguiente: “D E C R E T O.- En Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- I.- ANTECEDENTES DE HECHO .- PRIMERO.- Por turno de reparto correspondió a este Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas el presente procedimiento de reintegro por alcance número A1003/2023, dimanante de las Actuaciones Previas número 96/2020.- SEGUNDO.- Mediante providencia de 10 de febrero de 2023, se acordó el anuncio mediante edictos de los hechos supuestamente motivadores de responsabilidad contable y se emplazó a los interesados a fin de que comparecieran en autos, personándose en forma.- TERCERO.- Se personaron en el procedimiento el Ministerio Fiscal, la Abogada del Estado, doña Rosa María Beltrán Sales, don Carlos Cano Corcuera, don Gregorio Moreno López, doña Susana Velázquez Valoria, doña Mónica Colomer de Selva y doña Carmen Castiella Ruiz de Velasco a través de sus representantes.- CUARTO.- Por medio de diligencia de ordenación de 31 de mayo de 2023, se tuvo por personados a los anteriores y se dio traslado de las actuaciones a la Abogada del Estado para deducir la correspondiente demanda.- QUINTO.- Mediante diligencia de ordenación de fecha 9 de junio de 2023, se suspendió el plazo para presentar la demanda por el plazo de un mes.- SEXTO.- La Abogada del Estado ha presentado demanda con fecha 24 de julio de 2023, contra don Omar Antonio Guevara Barrios, doña Rosa Beltrán Sales y don Carlos Cano Corcuera. Solicita la ratificación del embargo efectuado en actuaciones previas sobre los bienes de don Carlos Cano Corcuera, así como el despacho de embargo respecto de los bienes de doña Rosa Beltrán Sales.- II.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.- PRIMERO.- Visto lo establecido en el artículo 73 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (en adelante LFTCU), en relación con el artículo 404 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, procede admitir a trámite la demanda presentada por la Abogada del Estado.- SEGUNDO.- En cumplimiento del artículo 55 LFTCU, que atribuye al Ministerio Fiscal legitimación activa en los procesos de responsabilidad contable, en relación con el artículo 24 de la Constitución, y a los efectos de que los demandados puedan conocer, en el momento procesal oportuno, todas las pretensiones de responsabilidad contable que se les reclaman, pudiendo así abordarlas en sus futuras contestaciones a la demanda con plena garantía de sus derechos a la tutela judicial efectiva y, en particular, de su derecho |
05/09/2023 | EDICTO | 06/09/2023 a 07/10/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A55/2007Ramo: EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001). Provincia: Málaga.
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A55/07, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 4 de septiembre de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Visto el oficio remitido por la Sección 3º de la Audiencia Provincial de Málaga en relación a la ejecutoria número 81/2013 originada por la Sentencia recaída en el Procedimiento Abreviado número 10001/2010 y el escrito presentado por el Ayuntamiento de Marbella en respuesta a la diligencia de ordenación de 11 de julio de 2023, procede en derecho y acuerdo: Primero: admitir la documentación citada dando copia a las partes. Segundo: Oír a las partes para que presenten alegaciones que a su derecho corresponda en el plazo de 5 días y con su resultado se acordará.- Notifíquese esta resolución, con la advertencia de que contra esta diligencia de ordenación cabe interponer recurso de reposición dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Secretario, de conformidad con lo previsto en el artículo 451.1de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 85.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.- Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez. Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez |
21/07/2023 | EDICTO | 21/07/2023 a 21/08/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A76/2023
Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 12 de julio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A76/2023, del ramo de sector público local (Ayuntamiento de Callosa de Segura), provincia de Alicante, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo del posible descubierto producido en los fondos públicos del Ayuntamiento de Callosa de Segura como consecuencia del abono de una serie de incrementos salariales a diversos empleados municipales, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez |
13/07/2023 | EDICTO | SALA DE JUSTICIA |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTORecurso del Artículo 48.1 de la Ley 7/88 nº 04/23
Texto íntegro: La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia, Hace saber: que en el Recurso del artículo 48.1 nº 4/2023 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, Ramo: SECTOR PÚBLICO ESTATAL.- (Mº. de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Coop. en Panamá), MADRID, se ha dictado, con fecha 12 de julio de 2023, el siguiente: AUTO Nº 12/23: SALA DE JUSTICIA.- Excma. Sra. Dña. Rebeca Laliga Misó, Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández y Excma. Sra. Dña. Elena Hernáez Salguero.- Consejero de Cuentas Ponente: Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- De conformidad con los siguientes.- I. Antecedentes de Hecho.- II. Fundamentos de Derecho.- III.- PARTE DISPOSITIVA.- LA SALA ACUERDA: PRIMERA. Desestimar el recurso interpuesto, al amparo del artículo 48.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, por el procurador D. Ignacio Gómez Gallegos, en nombre y representación de D. Carlos Cano Corcuera, al que se han adherido el Ministerio Fiscal y Dª. Carmen Castiella Ruiz de Velasco y Dª. Mónica Colomer de Selva, contra el acuerdo de embargo genérico de bienes suscrito el 25 de enero de 2023 en las actuaciones previas nº 96/20. SEGUNDA. Estimar el recurso interpuesto, al amparo del artículo 48.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, por el procurador D. Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de Dª. Rosa Mª. Beltrán Sales, al que se han adherido Dª. Carmen Castiella Ruiz de Velasco y Dª. Mónica Colomer de Selva, contra el embargo genérico de bienes, acordado el 25 de enero de 2023, en las actuaciones previas nº 96/20. En consecuencia, dejar sin efecto los embargos acordados en dicha fecha respecto a las anteriores. TERCERA, Retrotraer las actuaciones relativas a los acuerdos específicos de embargos de bienes de Dª. Rosa Mª. Beltrán Sales -sueldo y fincas, tanto urbana como rústicas-para que sean debidamente notificados a la representación de Dª. Rosa Mª. Beltrán Sales. Sin costas. Notifíquese a las partes, con la advertencia de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo disponemos y firmamos. Doy fe. Lo que se hace público para que sirva de notificación a Don Omar Antonio Guevara Barrios.-Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia: Guadalupe Martín Gómez. Lo que se hace público para que sirva de notificación a Don Omar Antonio Guevara Barrios. Este edicto se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único creado por la Ley 30/2020, de 18 de septiembre, de “medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia”. Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia: Guadalupe Martín Gómez. |
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04/07/2023 | EDICTO | 04/07/2023 a 04/08/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A70/2023Providencia de fecha 3 de julio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A70/2023, del ramo de sector público local (Ayuntamiento de Chipiona) Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 3 de julio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A70/2023, del ramo de sector público local (Ayuntamiento de Chipiona), provincia de Cádiz, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la corporación derivado de la existencia de presuntas irregularidades en el abono de retribuciones al personal, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez |
14/06/2023 | EDICTO | SALA DE JUSTICIA |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTORecurso del Artículo 48.1 de la Ley 7/88 nº 35/22
Texto íntegro: Dª. Guadalupe Martín Gómez, Letrada Secretaria de la Sala de Justicia, Hace saber: que en el Recurso del artículo 48.1 nº 35/22 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, Ramo: SECTOR PÚBLICO ESTATAL.- (Mº. de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Coop. en Panamá), MADRID, se ha dictado, con fecha 9 de mayo de 2023, el siguiente AUTO Nº 9/23: SALA DE JUSTICIA.- Excma. Sra. Dña. Rebeca Laliga Misó, Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández y Excma. Sra. Dña. Elena Hernáez Salguero.- Consejero de Cuentas Ponente: Excmo. Sr. D. Diego Íñiguez Hernández.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- De conformidad con los siguientes.- I. Antecedentes de Hecho.- II. Fundamentos de Derecho.- III.- PARTE DISPOSITIVA.- LA SALA ACUERDA: Desestimar el recurso interpuesto, al amparo del artículo 48.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, por el Procurador D. Ignacio Gómez Gallegos, en nombre y representación de D. Carlos Cano Corcuera, contra el acta de liquidación provisional y la providencia de requerimiento de pago, depósito o afianzamiento del importe provisional del alcance más sus intereses, ambas de fecha 23 de noviembre de 2022, suscritas en las actuaciones previas nº 96/20. Sin costas. Notifíquese a las partes, con la advertencia de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo disponemos y firmamos. Doy fe. Lo que se hace público para que sirva de notificación a Don Omar Antonio Guevara Barrios.- Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia: Guadalupe Martín Gómez. Este edicto se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único creado por la Ley 30/2020, de 18 de septiembre, de “medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia”. Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia: Guadalupe Martín Gómez. |
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13/06/2023 | EDICTO | 13/06/2023 a 13/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A1003/2023Procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/23, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), provincia de Madrid
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A1003/23, del Ramo Sector Público Estatal (Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Cooperación en Panamá), provincia de Madrid, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 9 de junio 2023, por el Excma. Sra. Consejera de Cuentas la siguiente: “PROVIDENCIA. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Dada cuenta; recibido el escrito de la Abogada del Estado con fecha 6 de junio de 2023, solicitando la suspensión del plazo para presentar el escrito de demanda, al amparo de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y visto, asimismo, lo dispuesto en el artículo 55.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acuerdo, al efecto de que se proceda a completar el expediente, suspender el para presentar el escrito de demanda por el plazo de un mes. - Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal, a la Abogada del Estado, a don Omar Antonio Guevara Barrios, doña Rosa María Beltrán Sales, don Carlos Cano Corcuera, don Gregorio Moreno López, doña Susana Velázquez Valoria, doña Mónica Colomer de Selva y a doña Carmen Castiella Ruiz de Velasco, con la advertencia de que contra la misma no cabe interponer recurso algún, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas. - Así lo acuerda y firma la Excma. Sra. Consejera de Cuentas, de lo que doy fe. Firmado y rubricado”. Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON OMAR ANTONIO GUEVARA BARRIOS. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, |
09/06/2023 | EDICTO | 09/06/2023 a 10/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A25/2023Providencia de fecha 6 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A25/2023, del Ramo de Sector Público Local (Ayuntamiento de Guriezo), ámbito territorial de Cantabria Emplazamiento para personación
Texto íntegro: Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Excma. Sra. Consejera del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha 6 de junio de 2023, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance nº A25/2023, del Ramo de Sector Público Local (Ayuntamiento de Guriezo), ámbito territorial de Cantabria, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo de la posible existencia de un menoscabo en los fondos públicos de la entidad derivado de presuntas irregularidades en relación con la existencia de un saldo de dudoso cobro resultante de la contabilidad del citado Ayuntamiento, lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, Fdo.: Javier Bermúdez Sánchez |
07/06/2023 | EDICTO | DEPARTAMENTO TERCERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance n° C75/2023Procedimiento de reintegro por alcance n° C75/2023, SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Callosa de Segura) ALICANTE, como consecuencia de presuntos pagos sin justificación a empleados públicos del Ayuntamiento de Callosa de Segura, en los ejercicios 2019 y 2020 Emplazamiento para personación
Texto íntegro: La Directora Técnica del Departamento 3º y Secretaria en el procedimiento de reintegro por alcance n° C75/2023, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 6 de junio de 2023, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68 en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. HACE SABER: Que en este Tribunal de Cuentas se sigue procedimiento de reintegro por alcance n° C75/2023, SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Callosa de Segura) ALICANTE, como consecuencia de presuntos pagos sin justificación a empleados públicos del Ayuntamiento de Callosa de Segura, en los ejercicios 2019 y 2020. Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único, creado por la Ley 30/2020, de 18 de septiembre, de “medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia”. Dado en Madrid, a fecha de la firma electrónica. - La Directora Técnica, Secretaria del procedimiento: María José Ferrero Peso. |
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06/06/2023 | EDICTO | SALA DE JUSTICIA |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTORecurso del Artículo 48.1 de la Ley 7/88 nº 04/23Ramo: SECTOR PÚBLICO ESTATAL.- (Mº. de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Coop. en Panamá), con fecha 5 de junio de 2023, la siguiente: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Texto íntegro: La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia ha dictado en el recurso del artículo 48.1 nº 4/2023 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, Ramo: SECTOR PÚBLICO ESTATAL.- (Mº. de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Oficina Técnica de Coop. en Panamá), con fecha 5 de junio de 2023, la siguiente: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN de la Letrada Secretaria de la Sala, Guadalupe Martín Gómez.- Madrid, a fecha de la firma electrónica.- Dada cuenta; recibido en fecha 29 de mayo de 2023 de la Unidad de Actuaciones Previas y en fecha 19 de mayo de 2023, en el Registro General de este Tribunal, escrito de Don Jorge Laguna Alonso, Procurador de los Tribunales y de Doña Rosa Beltrán Sales, mediante el que solicita la nulidad de las actuaciones practicadas desde el 1 de febrero de 2023, que no hayan sido notificadas al Procurador antes mencionado, único representante de la Sra. Beltrán Sales; y recibidos en fecha 1 de junio de 2023 los antecedentes relativos a la solicitud efectuada, acuerdo: 1) Unir dicho escrito, así como los referidos antecedentes, al recurso de las anotaciones al margen; 2) Dar traslado por plazo de cinco días a los interesados en este recurso, a efectos de que aleguen lo que estimen pertinente; y 3) Remitir copia de esta diligencia a la Unidad de Actuaciones Previas, así como al Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento en relación con el Procedimiento de reintegro por alcance nº A 1003-2023.- Notifíquese, con la advertencia de que contra esta diligencia cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.- Así lo acuerdo y firmo.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia.- Guadalupe Martín Gómez. Lo que se hace público para que sirva de notificación a Don Omar Antonio Guevara Barrios con la indicación de que, en el caso de que ejerza su derecho a formular alegaciones, deberá conferir su representación a Letrado y/o Procurador, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 57.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, salvo que se encuentre en alguno de los casos previstos en el artículo 57.3 de la mencionada Ley. Este edicto se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único creado por la Ley 30/2020, de 18 de septiembre, de “medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia”. Dado en Madrid, a la fecha de la firma electrónica.- La Letrada Secretaria de la Sala de Justicia: Guadalupe Martín Gómez. |
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05/06/2023 | EDICTO | 05/06/2023 a 05/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A12/2007Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Planeamiento 2000 S.L. Informe del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A12/07, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Planeamiento 2000 S.L. Informe del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en las presentes actuaciones, que la Comisión de Gobierno de este Tribunal, en su sesión de 23 de marzo de 2023, acordó nombrar al Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez, Director Técnico del Departamento Primero de Enjuiciamiento, quien desempeñará las funciones de Letrado Secretario, al haber cesado en dicho cargo el Ilmo. Sr. D. Luis P. Villameriel Presencio. - Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Letrado Secretario, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas. - Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. Don Javier Bermúdez Sánchez.Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO |
05/06/2023 | EDICTO | 05/06/2023 a 05/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A77/2002Ramo: EELL (Ayuntamiento de Marbella). Ámbito territorial: MALAGA.
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A77/02, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en las presentes actuaciones, que la Comisión de Gobierno de este Tribunal, en su sesión de 23 de marzo de 2023, acordó nombrar al Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez, Director Técnico del Departamento Primero de Enjuiciamiento, quien desempeñará las funciones de Letrado Secretario, al haber cesado en dicho cargo el Ilmo. Sr. D. Luis P. Villameriel Presencio. - Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Letrado Secretario, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas. - Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. Don Javier Bermúdez Sánchez.Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, |
05/06/2023 | EDICTO | 05/06/2023 a 05/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A19/2007Ramo: EE.LL. (Ayto. Marbella, Suelo Urbano 2000 S.L. Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001). Ámbito territorial: MÁLAGA.
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A19/07, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Suelo Urbano 2000 S.L. Informe del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en las presentes actuaciones, que la Comisión de Gobierno de este Tribunal, en su sesión de 23 de marzo de 2023, acordó nombrar al Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez, Director Técnico del Departamento Primero de Enjuiciamiento, quien desempeñará las funciones de Letrado Secretario, al haber cesado en dicho cargo el Ilmo. Sr. D. Luis P. Villameriel Presencio. - Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Letrado Secretario, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas. - Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. Don Javier Bermúdez Sánchez.Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, |
05/06/2023 | EDICTO | 05/06/2023 a 05/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A67/2006Ramo: EE.LL. (Ayto. Marbella, Operaciones con General de Galerías Comerciales, S.A). Ámbito territorial: MÁLAGA
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A67/06, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Operaciones con General de Galerías Comerciales, S.A.), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en las presentes actuaciones, que la Comisión de Gobierno de este Tribunal, en su sesión de 23 de marzo de 2023, acordó nombrar al Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez, Director Técnico del Departamento Primero de Enjuiciamiento, quien desempeñará las funciones de Letrado Secretario, al haber cesado en dicho cargo el Ilmo. Sr. D. Luis P. Villameriel Presencio. - Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Letrado Secretario, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas. - Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. Don Javier Bermúdez Sánchez.Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, |
05/06/2023 | EDICTO | 05/06/2023 a 05/07/2023 | DEPARTAMENTO PRIMERO |
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTOProcedimiento de reintegro por alcance nº A55/2007Ramo: EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001). Provincia: Málaga.
Texto íntegro: Por el presente se hace público, que en el procedimiento de reintegro por alcance nº A55/07, del Ramo EE.LL. (Ayuntamiento de Marbella, Servicios de Asistencia Jurídica, Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas 2000-2001), provincia de Málaga, seguido en este Tribunal, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 2023, por el Ilmo. Sr. Secretario la siguiente: “DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. - Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en las presentes actuaciones, que la Comisión de Gobierno de este Tribunal, en su sesión de 23 de marzo de 2023, acordó nombrar al Ilmo. Sr. D. Javier Bermúdez Sánchez, Director Técnico del Departamento Primero de Enjuiciamiento, quien desempeñará las funciones de Letrado Secretario, al haber cesado en dicho cargo el Ilmo. Sr. D. Luis P. Villameriel Presencio. - Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Letrado Secretario, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 bis, apartado primero, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con la Disposición Final Segunda, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas. - Así lo acuerda y firma el Secretario, Ilmo. Sr. Don Javier Bermúdez Sánchez.Firmado y rubricado.” Lo cual se pone de manifiesto para que sirva de notificación a DON ESTEBAN GUZMÁN LANZAT. En Madrid, a la fecha de la firma electrónica. EL LETRADO SECRETARIO, |